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martes, 6 de noviembre de 2007

Un perro con garantía

La Audiencia da la razón a una mujer que reclamaba un nuevo cachorro al morir el que había comprado enfermo

Una mujer ha logrado en los tribunales que la tienda de animales que le vendió un perro enfermo le entregue otro, de la misma raza , tras la muerte del primero a los dos meses de su compra. La Audiencia de Alicante ha revocado la sentencia previa que absolvía a la vendedora al creer probado que la mascota falleció a causa del mal que padecía .

"A perro muerto, perro puesto". Esta versión del refrán bien podría acuñarla ahora una mujer que ha conseguido que la tienda de animales de Alicante que le vendió un cachorro enfermo le entregue, tras la muerte del animal a poco más de dos meses de su compra, otro ejemplar de la misma raza. El camino que ha seguido esta apenada dueña, sin embargo, no ha sido fácil. El juzgado de Primera Instancia número 1 de Alicante desestimó su demanda, en la que reclamaba a la vendedora la entrega de otro cachorro de la raza Shar-Pei - son los que tienen toda la cara y el cuerpo llenos de arrugas - , más una indemnización de daños y perjuicios, y, subsidiariamente, la condena al pago de 1.339 euros. La sentencia rechazó las pretensiones de la mujer, al producirse la demanda habiendo transcurrido algo más de dos meses desde la adquisición del perro, y no viendo probado que la mascota muerta fuera la misma que se compró. Además, el fallo tampoco consideraba que la causa del fallecimiento guardara relación directa con la tos e irritación de tráquea que padecía el animal en el momento de su entrega.

Luis Santamaría, abogado de la dueña del can muerto, presentó un recurso en el que pedía la revocación del fallo por creer que erraba en la valoración de los hechos y que, al final, ha sido estimado favorablemente. Así, la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante da la razón a la demandante basándose en diversos argumentos. Entre ellos, rechaza la alegación de que el perro muerto no fuera el mismo que se vendió. Según recoge el fallo, el resultado de la necropsia practicada al animal, nacido el 1 de diciembre de 2005 y vendido el 3 de febrero de 2006, acredita que en el momento de su muerte, que tuvo lugar el 25 de abril de ese mismo año, se detectaron una serie de anomalías, tanto a nivel torácico como digestivo. En los fundamentos de derecho de la sentencia se determina que «se está en el caso de entregar una cosa cuando existe pleno incumplimiento con la consiguiente insatisfacción del comprador», lo que implica que la acción emprendida por la demandante «no está caducada», como sostenía el fallo previo.
La resolución de la Audiencia resalta como «dato irrefutable» que el cachorro se vendió enfermo. En el informe veterinario oficial realizado días después de la entrega ya se constataba que padecía tos e irritación de tráquea, y se le recetó un antibiótico. El tribunal afirma, en consecuencia, que «la actuación de la vendedora fue de todo punto negligente», pues estaba obligada a entregar «un cachorro apto, sano y viable». «Es a la parte vendedora a la que corresponde acreditar que la enfermedad preexistente del cachorro no fue la que ocasionó su muerte. Y esa prueba no se ha logrado», añade el fallo. La vendedora, por tanto, debe entregar a la mujer otro can de la misma raza y pagarle los 139 euros que costó la necropsia.

Información, 06/11/2007

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